25 jul 2011

Castigo o integración: un caso escolar

1. La situación (basado en hechos reales)

Jack Potter es el director de un centro educativo independiente mediano y normal de los estados unidos. Ya trabaja en ese centro desde hace cinco años, se siente cómodo con su trabajo, los alumnos le tienen confianza, y Potter siente como está ayudando al centro para mejorar.

Jayne Kelly y su familia han ayudado de muchas maneras al centro educativo. Es una familia bien conocida y con buena reputación. Ella trabaja en el departamento del desarrollo del centro educativo; y apoya igual como su madre de manera muy activa al centro. Kelley también tiene un hijo, Brent, que va al centro. Es un buen alumno y nunca causó problemas – hasta un día.

Cuando Brent fue llamado al despacho de Potter, admite que se había dejado llevar por sus emociones pegando a un alumno que le había hecho bulling durante meses. Como la política oficial de la escuela era la estricta no tolerancia de la violencia, se suele suspender a los alumnos violentos. Aún así permite el regalamiento que el director pueda hacer excepciones. Tanto la madre Kelley como la abuela de Brent suplicaron a Potter que no suspenda a Brent. Su familia teme que el suspenso puede impactar negativamente a su futuro, y que podría causar problemas cuando se busque un instituto donde hacer el Bachillerato. Además argumentaban que Brent no solía causar problemas, sino era una reacción como victima que no haya recibido suficiente apoyo por el bulling y que por eso haya buscado una solución por su propia cuenta.

La comunidad del centro educativo está prestando mucha atención a ese caso. Si Potter deja pasar lo ocurrido, se puede considerarse como favoritismo. Porque en casos anteriores solía haber estado Potter estrictamente pegado a la política de la no – violencia.

2. Problema de ética profesional

Parece ser un caso de derecho contra derecho: por un lado se tiene la justicia, y por otro lado la compasión. La comunidad educativa desea un mensaje claro: “No toleramos la violencia física”. Para ser justo debe tratar Potter a Brent igualmente como trataría a otros alumnos en situaciones similares. Más aún, debe ser estricto para que nadie pueda suponer que Potter había sido influido por la familia Kelley. Pero también es justo si Potter no suspende a Brent por compasión. El alumno había sido acusado psicológicamente y actúo de manera excepcional después de aguantarlo durante mucho tiempo. Es muy probable que Potter doble la regla para cada alumno que nunca haya causado problemas ni haya recibido el suficiente apoyo por parte del centro.

3. Exposición de la resolución

Potter decidió a suspender a Brent para no poner el peligro la integridad de la política de “no violencia”, tras reflexionar continuamente y buscar soluciones alternativas. Ahora tiene que intentar a mejorar sus relaciones con la familia Kelley, ya que temen al futuro de Brent. Ante ese caso se presentan una serie de acciones diferentes, algunos probables, otros menos.

a. Suspensión

Conforme con la ley escrita – la política del centro educativo – se suspende a cada alumno violento. Independientemente de los motivos o circunstancias.
Es la medida más fácil, más rápida y más efectiva (a primer punto de vista). Es un lo típico del sistema judicial estadounidense: con castigos se quiere educar. No se integra al criminal, sino se le castiga, el miedo a esos castigos sirve para garantizar al orden judicial.
El problema que se tiene en ese caso es el error de tener en cuenta a las circunstancias y también las consecuencias negativas que tiene especialmente en los estados unidos.
Primero el contexto: se castiga a Brent de igual manera como un chico que pegó a otro por motivos racistas, por robo, por gusto a la violencia. Aunque la solución violenta no es buena, tampoco sirve reaccionar con violencia. Porque en eso consiste la suspensión: un acto del más fuerte (el centro educativo) sobre el débil (el alumno). El alumno no tiene posibilidad de defenderse – y lo que se crea es un ciclo psicológico: para ganar se debe ser más violento, más fuerte que la poderosa ley.
El segundo aspecto son las consecuencias negativas del suspenso. En los EEUU los “Highschool” son muy selectivas, solo los mejores (y los que tienen los mejores influencias y más recursos económicos) logran llegar a un Instituto de Bachiller de buena calidad. Cada mancha en un CV dificulta el acceso; más aun si alguien fue suspendido. Porque el humano es un animal lleno de prejuicios: da igual porque alguien estaba en la cárcel o porque fue suspendido – algo malo habrá hecho y siempre puede hacerlo de nuevo. Esa mentalidad es mala, sin embargo, es real.

En ambos aspectos se ve a dos importantes aspectos deontológicos que se contradicen. El profesor debe “tratar a todos con total ecunamidad, sin aceptar ni permitir prácticas discriminatorias” (1) o sea que con igualdad. Nada de favoritismo.
Pero teniendo en cuenta las consecuencias que puede haber se arriesga la “integración positiva en la sociedad” (2)  del alumno, ya que el castigo provoca justamente lo contrario.

Parece que la suspensión no es una solución adecuada, ya que por las circunstancias se tiene un real conflicto deontológico. Sin embargo hay un tercer aspecto deontológico que va en contra del suspenso: el centro educativo no ha “fomentado los cauces apropiados para resolver los conflictos” (3), como lo opina la familia Kelley. Así que el centro educativo tampoco es muy inocente ya que parece que no había profesores de confianza o mediadores disponibles.

b. Compasión sin castigo

El otro extremo hubiera sido la compasión sin castigo: se “cierra” el caso como si no hubiera ocurrido nada. Como todos los extremos no tienen utilidad “olvidar” lo ocurrido, porque puede tener dos consecuencias negativas:
Primero se puede abusar al director de favoritismo. Es una actuación injusta a la sociedad. ¿Dónde queda de esa manera la educación “para una convivencia fundamentada en la igualdad de derechos y en la práctica de la justicia” (4)?
Segundo se arriesga la integridad del proyecto educativo del centro, de la política. Si el proyecto consiste en rechazar todo lo que es violento, no es de gran utilidad si hay excepciones puntuales. La política termina ser algo relativo, aplicable cuando es útil – y un juego de lotería. Entonces si un alumno es violento, puede tener la suerte de pillar a un director que ignora la política; o puede haber profesores cuales cierran los ojos ya que hubo casos de excepción.
El profesor debe “respetar y asumir el proyecto educativo del centro” (5), de otra manera se pone en peligro a todo el sistema.

c. Compasión con castigo

Una vía en medio sería que haya un castigo – pero no un suspenso. El director marcaría de esa manera un claro mensaje: No a la violencia. Pero no reacciona violentamente, sino integrando. No es un castigo autoritario sin segunda oportunidad, sino se enseña “un estilo de vida democrático, asumiendo y promocionado los valores que afectan a la convivencia en sociedad” (6). El alumno castigado reflexiona, comprende, está motivado por tener la segunda oportunidad. De esa manera el profesor procura que el alumno aprecie el valor de la solución pacifica. Se fomenta la educación del “desarrollo integral de la persona, así como el respeto a los demás” (
7/). Y además se tiene en cuenta a la familia Kelley, ya que se “respeta los derechos e las familias en la educación de sus hijos en lo que afecta a las cuestiones relativas a (…) las finalidades de la educación” (8) y del futuro laboral .
Claro, dicha compasión con castigo debe ser flexible. Depende de las circunstancias y de lo ocurrido. Si un alumno da una bófeta a otro porque le ha insultado, un suspenso sería exagerado. Pero tampoco se debe simplemente castigar a un alumno que tras meses de violencia psicológica termina atacando a su victima. En esos casos ya se tiene que pensar si un suspenso (o al menos un cambio de instituto) sea útil.

d. El problema institucional

Sin embargo sigue habiendo un problema institucional muy grave: se le otorga demasiado poder el director. Mejor sería – como se hace con la LOE en España – intentar solucionar el problema con diferentes caminos antes de suspender al alumnos. Potter por ejemplo podría convocar un tribunal de todos los profesores y de todos los padres para debatir del caso, escuchando a los dos alumnos cuales son sus puntos de vista. De esa manera no depende si el director es una persona que quiere integrar o castigar, sino del cuerpo educativo que forma el centro.
Porque eso falta en el caso: no se ha escuchado al alumno que había provocado la pelea; tampoco se explica como puede defenderse un alumno ante insultos etc.…; y la comunidad educativa parece como un león que está preparado a saltar si el director hace un paso erróneo.

4. Conclusión

El caso de Potter y Brent no es excepcional sino la regla: con un castigo se soluciona el problema si se teme el abierto y libre diálogo. Potter debería haber convocado una asamblea, donde podría haber expuesto la compasión con castigo. El humano no está al servicio de la ley, sino la ley a servicio del humano. ¿No se podría modificar la política de la estricta no violencia hacia una política con integración?

5. Citas


(1) Código deontológico de los Profesionales de la Educación, 2.5, Pág. 2.
(2) 2.4, Pág. 2.
(3) 2.10, Pág.3.
(4) 7.1, Pág. 5.
(5) 6.1, Pág. 5.
(6) 7.2, Pág. 5.
(7) 2.2, Pág. 2.
(8) 3.1, Pág. 3.


6. Bibliografía




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