Picota de Desojo. |
El hecho de ser un señor durante la edad moderna, sea de pocos campesinos como un hidalgo o sea de una ciudad como algunos caballeros, no significó que todos tenían los mismos poderes, al contrario.
Existían señores quienes eran propietarios de tierras pero sin tener poderes jurisdiccionales, mientras que otros tenían dichos poderes sin ser dueños de la tierra (llegando a la complicada situación que un campesino podría tener dos señores simultáneamente). Finalmente existían los señores quienes tenían tanto poderes jurisdiccionales como propietarias.
A lo largo de la Edad Moderna existían en Navarra unos 180 villas, granjas, etc.…que estaban bajo custodia de un señor feudal.
Las dos familias quienes más señoríos acumularon, llegando a controlar el 57,04 % de la población Navarra y el 53,60 % de la superficie Navarra, fueron los Duques de Alba y los Marqueses de Falces.
En una escala segunda estaban siete familias nobiliarias con rango de caballeros (condes de Altamira, marqueses de San Adrián, duques de Granada de Ega, marqueses de Besolla, marqueses de Santacara, condes de Ablitas y los duques de Alburquerque) y tres ordenes religiosas (la orden de San Juan, el monasterio de la Oliva y el monasterio de Fitero). Otros 50 señores, a rango de hidalgos, se repartían entre si el 8 % de la población y el 4,6 % de la superficie Navarra.
Ahora bien: ¿Qué significaba que un señor tenía poderes jurisdiccionales?
Lo convirtió en el representante del orden: era juez, en asuntos tanto civil como criminal. O ejercía el cargo directamente o de manera indirecta, nombrando alcaldes, justicias, alguaciles e escribanos. A pesar que de esa forma se le otorgaba un poder considerable, nunca podía condenar a muerte porque era la primera instancia.
¿Y porque un señor feudal podía tener esos derechos? ¿Y que ocurrió con el estado moderno? Simplemente: el estado moderno carecía de los recursos financieros para crear y mantener un completo sistema jurisdiccional, es más: solían vender esos derechos.
Por 11.000 ducados se podía comprar el poder jurisdiccional de una villa. En el caso de Desojo, el rey compró (en otras palabras: recuperó) la jurisdicción criminal, civil, baja y mediana del señor correspondiente por 8.000 reales en 1665.
El símbolo de ese poder jurisdiccional señorial era la picota, una columna de piedra que se acostumbró colocar en todas las regiones jurisdiccionales a partir de la edad moderna.
Se solían atar los delincuentes en ese pilar, expuestos ante el pueblo, durante días o incluso semanas.
Por esa razón numerosas picotas, símbolos del poder señorial, se destruyeron con los movimientos liberales del siglo XIX y pocos se mantienen hoy en día.
Arriba a la derecha se observa un pequeño anillo, que era donde se encadenaron los delincuentes. |
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